Los requisitos para poder acceder al bono social como CONSUMIDOR VULNERABLE siendo VÍCTIMA DE TERRORISMO son:

1º. Que se tenga contratado el suministro eléctrico en la modalidad de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC). Sólo se puede contratar el PVPC si se tiene contratada una potencia igual o inferior a 10W.

2º. Que el suministro contratado lo sea para la vivienda habitual del solicitante.

3º. Que se cumpla con alguno de los siguientes requisitos:

  1. Que la renta conjunta de la unidad familiar no supere los siguientes límites:
    • Para aquellas personas que no forman parte de una unidad familiar o que, formando parte de ella, no existan menores, que la renta conjunta no supere 2 veces el IPREM. Para el año 2022 el IPREM mensual se sitúa en los 579,02 euros; por tanto, que la renta mensual no supere los 1.158,04 euros mensuales.
    • Si en la unidad familiar hay un menor, que la renta conjunta no supere 2,5 veces el IPREM, que para el año 2022 supone 1.447,55 euros mensuales.
    • Si en la unidad familiar hay dos menores, que la renta conjunta no supere 3 veces el IPREM, que para el año 2022 supone un importe de 1.737,06 euros mensuales.
  2. Que se tenga el título de familia numerosa.
  3. Que el consumidor y el resto de la unidad familiar sean pensionistas percibiendo la cuantía mínima de la pensión y no cuenten con otro tipo de ingresos que superen los 500 euros anuales.

Los consumidores vulnerables disfrutarán de un 25% de descuento (de forma excepcional y hasta el 30 de abril de 2022, se eleva el porcentaje hasta el 60%).

Son CONSUMIDORES VULNERABLES SEVEROS, aquellos consumidores que tengan la consideración de consumidores vulnerables y, además:

  1. Su renta anual sea igual o inferior al 50% del umbral para ser considerado consumidor vulnerable incluyendo, en el caso de las víctimas del terrorismo, el incremento aplicado por su condición de tal. Es decir:
    • Para aquellas personas que no forman parte de una unidad familiar o que, formando parte de ella, no existan menores, que la renta conjunta no supere el 50% de 2 veces el IPREM. Para el año 2022 que la renta no supere los 579,02 euros mensuales.
    • Si en la unidad familiar hay un menor, que la renta conjunta no supere los 723,78 euros mensuales.
    • Si en la unidad familiar hay dos menores, que la renta conjunta no supere los 868,53 euros mensuales.
  2. Si se trata de una familia numerosa, que la renta anual de la unidad familiar no supere los 16.212,56 euros anuales.(2 veces el IPREM por 14 pagas).
  3. Que el consumidor y el resto de la unidad familiar sean pensionistaspercibiendo la cuantía mínima de la pensión y no cuenten con otro tipo de ingresos que superen los 500 euros anuales y que la renta anual del consumidor o su unidad familiar no supere los 8.106,28 euros anuales. (1 vez el IPREM por 14 pagas).

Los consumidores vulnerables severos disfrutarán de un 40% de descuento (de forma excepcional y hasta el 30 de abril de 2022, se eleva el porcentaje hasta el 70%).

Son CONSUMIDORES EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL los que cumplan los requisitos para ser considerados consumidores severos y, además, estén siendo atendidos por los servicios sociales de alguna Administración Pública que le esté financiando, al menos, el 50% del importe de la factura a PVPC.

Estos consumidores, si no pudieran hacer frente a los pagos del suministro de forma temporal, tienen derecho a que no por ello se les interrumpa el suministro eléctrico.

Son CONSUMIDORES VULNERABLES POR COVID-19 TENIENDO LA CONSIDERACIÓN DE VÍCTIMAS DE TERRORISMO los que acrediten que el titular del suministro, o alguno de los miembros de su unidad familiar, se encuentra en alguna de las siguientes circunstancias:

  • En situación de desempleo,
  • Afectado por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE),
  • En caso de ser empresario, que haya visto reducida su jornada por motivo de cuidados, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.

Además, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar correspondientes al mes anterior a la presentación de la solicitud del bono social completa debe ser inferior a:

  • 1.351,05 euros mensuales si no forma parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar;
  • 1.688,80 euros mensuales en el caso de que haya un menor en la unidad familiar;
  • 2.026,57 euros en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.

Todos los beneficiarios del Bono Social cuentan, además, con OTROS BENEFICIOS, como:

1º. Desde que reciben la primera notificación del impago cuentan con un plazo de 4 meses para abonar las facturas impagadas.

2º. No se les puede interrumpir el suministro eléctrico en caso de impago si en el hogar hay:

  • Un menor de 16 años de edad en la unidad familiar, o
  • El consumidor o uno de los miembros de la unidad familiar tiene reconocida por la Administración competente una discapacidad igual o superior al 33% o un grado de dependencia II o III.